Guía 058 / Trámites
Regularización de construcción sin licencia: cómo salir del problema
Respuesta cortaSe puede regularizar si lo construido cumple con la normativa vigente: uso de suelo, coeficientes, altura y restricciones. Si no cumple, la salida pasa por modificar o demolir lo que se salió. El problema real casi nunca es la multa: es que sin regularizar no puedes escriturar ni vender bien.
¿Por qué urge resolverlo?
La mayoría de la gente llega a este tema por la multa, y la multa suele ser lo de menos. Los tres problemas que de verdad aprietan son otros:
No puedes escriturar lo construido. Una casa ampliada sin licencia no se refleja en el registro. El día que vendas, el comprador ve una discrepancia entre lo que mide la casa y lo que dice la escritura, y eso frena o descuenta la operación.
El crédito hipotecario se complica. Un avalúo bancario detecta metros no declarados, y ahí el trámite se detiene.
La autoridad puede ordenar demolición. En el Estado de México, el Código Administrativo prevé como medidas de seguridad la suspensión de obra, la desocupación y la demolición parcial o total. La multa es una consecuencia; esta es la que cambia la vida.
¿Qué se puede regularizar y qué no?
La pregunta clave no es cuánto vas a pagar: es si lo construido cumple con la norma vigente.
Sí es regularizable, en general, lo que respeta:
- El uso de suelo autorizado para el predio.
- Los coeficientes de ocupación y utilización.
- La altura permitida y el área libre.
- Las restricciones y remetimientos del predio.
- Las condiciones estructurales y de seguridad.
No es regularizable tal cual lo que invade una restricción, excede los coeficientes, ocupa área libre obligatoria o rebasa la altura. En esos casos la regularización pasa primero por modificar o demoler lo que se salió, y después documentar el resto.
Por eso el primer paso nunca es ir a la ventanilla: es levantar lo construido y compararlo contra la normativa. Ese diagnóstico define si tienes un trámite o un problema de obra.
Conviene también saber qué trámite era el que correspondía, porque no todas las obras exigen lo mismo: está en la guía de licencia vs. registro de obra.
El diagnóstico, en orden
- Levantamiento de lo existente. Medir la construcción real, no la que dice el plano viejo.
- Cédula de zonificación vigente del predio, para saber contra qué se compara. Está en su guía correspondiente.
- Reglamento del fraccionamiento, si aplica. En el poniente esta capa es frecuente y suele ser más restrictiva.
- Comparación. Qué cumple, qué no, y qué tan lejos está de cumplir.
- Decisión. Regularizar como está, modificar y regularizar, o demoler lo no regularizable.
Ese quinto punto es una decisión de proyecto y de dinero, no un trámite. Es donde conviene tener asesoría antes de acercarse a la autoridad.
¿Qué sanciones prevé la ley?
En el Estado de México, el artículo 18.72 del Código Administrativo establece multas en Unidades de Medida y Actualización. Con la UMA 2026 de $117.31 diarios publicada por el INEGI:
| Supuesto | Multa | Equivalente |
|---|---|---|
| No exhibir licencia, planos o memoria de cálculo; ocupar vía pública sin licencia | 10 a 250 UMA | $1,173 a $29,328 |
| Afectar con excavaciones la estabilidad del propio inmueble o de predios vecinos | 251 a 500 UMA | $29,445 a $58,655 |
| Otros supuestos del mismo artículo | 1% a 10% del valor de las construcciones, según avalúo | Depende del inmueble |
Conversiones aritméticas a partir de la UMA publicada por el INEGI.
Esa última línea es la que suele pesar más en una casa residencial: un porcentaje del valor de lo construido no tiene tope en UMA, y en el poniente eso puede ser otro orden de magnitud.
Y más allá de la multa, los artículos 18.70 y 18.71 prevén suspensión, desocupación, demolición parcial o total, revocación de licencia y el impedimento para obtener licencias de construcción en todo el Estado de México.
Si el predio está en un condominio, hay una capa adicional. Muchos reglamentos internos sancionan por cada día que dure el incumplimiento y condicionan el oficio de terminación, sin el cual no puedes ocupar la construcción. El caso a detalle está en la guía del reglamento de construcción de Bosque Real.
¿Conviene esperar a que no pase nada?
Es la estrategia más común y la peor, por tres razones.
El problema no prescribe en la práctica. Reaparece en el momento más caro posible: cuando vas a vender, a heredar o a pedir un crédito.
Los costos suben. Si hay sanciones por día, el acumulado crece. Y si la normativa cambia y se vuelve más restrictiva, lo que hoy es regularizable mañana puede no serlo.
Pierdes la iniciativa. No es lo mismo llegar tú con un levantamiento y una propuesta de solución, que responder a una inspección. Si ya te clausuraron, el camino es otro y está en la guía de qué hacer si te clausuran la obra.
Los 3 errores más caros
- Ir a la ventanilla antes de tener el diagnóstico. Presentarte sin saber si lo construido cumple es entregarle a la autoridad un problema que todavía no sabes de qué tamaño es. Primero se mide y se compara.
- Regularizar solo la capa municipal cuando el predio está en un condominio. Son dos autoridades. Resolver una y dejar la otra abierta te deja igual de bloqueado para ocupar o vender.
- Esperar a que la casa se venda "así". El descuento que te va a pedir el comprador, o el crédito que no le van a autorizar, casi siempre supera lo que costaba regularizar a tiempo.
Cómo lo hacemos en ceroxcero
Empezamos por el levantamiento y la comparación contra la normativa vigente, para saber qué es regularizable y qué no antes de tocar ninguna puerta. Ese diagnóstico define si estás ante un trámite, una modificación de obra o una demolición parcial.
Con eso claro se arma la estrategia y se gestiona. En temas de normativa nunca damos una respuesta categórica sin revisar el caso: cada predio y cada municipio tienen sus particularidades.
Si tienes una construcción sin licencia y quieres saber a qué te enfrentas, nosotros la revisamos y gestionamos la regularización.
Preguntas frecuentes
¿Se puede regularizar una construcción hecha sin licencia? Sí, siempre que lo construido cumpla con la normativa vigente: uso de suelo, coeficientes, altura, área libre y restricciones del predio. Lo que no cumple debe modificarse o demolerse antes de poder documentar el resto.
¿Cuánto cuesta regularizar? Depende de dos cosas: las multas que aplique la autoridad, que en el Estado de México van desde decenas de UMA hasta un porcentaje del valor de lo construido, y el costo de las modificaciones de obra si algo no es regularizable.
¿Qué pasa si no regularizo? El problema reaparece al vender, heredar o solicitar un crédito, porque lo construido no coincide con lo escriturado. Además, la autoridad conserva la facultad de ordenar suspensión, desocupación o demolición.
¿Puedo vender una casa con construcción no regularizada? Puedes intentarlo, pero el comprador verá la discrepancia entre la superficie real y la escriturada, y si necesita crédito el avalúo la detecta. En la práctica se traduce en descuento o en operación caída.
¿Por dónde empiezo? Por el levantamiento de lo construido y la comparación contra la cédula de zonificación vigente y, si aplica, el reglamento del fraccionamiento. Ese diagnóstico dice si tienes un trámite o un problema de obra.
¿Necesito un Director Responsable de Obra para regularizar? En el Estado de México, los proyectos que superan los umbrales de superficie o claros requieren la responsiva de un DRO con registro vigente ante la SEDUI, y la regularización documenta un proyecto igual que una licencia nueva.
¿Tienes una construcción sin licencia? Levantamos lo construido, lo comparamos contra la normativa y te decimos qué es regularizable antes de acercarnos a la autoridad. Te gestionamos la regularización
Guía informativa con la normativa vigente a julio de 2026. No constituye asesoría legal. Cada caso depende del predio, del municipio y de la situación específica de la construcción: consulta con la dependencia correspondiente y, cuando el caso lo amerite, con un abogado.
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